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Cláusulas de solución de controversias
Las partes contratantes pueden incorporar en sus contratos nuestra cláusula de arbitraje y de Junta de Resolución de Disputas, de tal forma que de existir alguna controversia o disputa, procederemos a la organización y administración del medio de solución de controversia requerido.
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En el caso de arbitrajes bajo la Ley de Contrataciones del Estado, también pueden presentar su petición arbitral ante nuestro centro de arbitraje, de conformidad con el artículo 226.2 del Reglamento de Contrataciones del Estado.