» Incorporación a la Nómina de Árbitros

REQUISITOS PARA INCORPORARTE A LA NÓMINA DE ÁRBITROS DE CEAR LATINOAMERICANO

Según lo dispuesto en el reglamento interno del centro

Artículo 68. Requisitos para integrar la Nómina de Árbitros

  1. Presentar su ficha de inscripción.

  2. Presentar curriculum vitae debidamente documentado, en la que indique su título profesional, sus grados académicos, condecoraciones, sus publicaciones de libros o artículos, docencia universitaria, experiencia profesional en general y específica que demuestre su expertiz en medios de solución de controversias o en contratación pública para arbitrajes con el Estado.

  3. Acreditar la condición de abogado u otra profesión, con la copia del título profesional expedido por Universidad Nacional o Extranjera con constancia de inscripción en SUNEDU.

  4. Ejercicio profesional por un mínimo de cinco (5) años, computado desde la fecha de colegiatura.

  5. No tener más de tres (3) recusaciones fundadas resueltas por cualquier institución arbitral en arbitrajes sobre contrataciones con el Estado u otra especialidad en los dos (2) últimos años.

  6. Contar con capacitación acreditada conforme al rol al que se postula:

    • Para desempeñarse como Árbitro Único o Presidente del Tribunal: Contar con formación en contratación pública, arbitraje y derecho administrativo para árbitros, no menor de 240 horas académicas por cada especialidad, expedida por una universidad, en convenio con una universidad acreditada por SUNEDU o por una Escuela de Posgrado acreditada por SUNEDU. Alternativamente, dichas especializaciones podrán acreditarse mediante: (i) estudios concluidos de maestría o doctorado en materias relacionadas; o (ii) docencia universitaria en las referidas materias, por un período mínimo de 2 años o 4 semestres o 240 horas académicas.
    • Para desempeñarse como miembro del Tribunal: Contar con formación en contratación pública y arbitraje, no menor de 240 horas académicas por cada especialidad, expedida por una universidad, en convenio con una universidad acreditada por SUNEDU o por una Escuela de Posgrado acreditada por SUNEDU. Alternativamente, dichas especializaciones podrán acreditarse mediante: (i) estudios concluidos de maestría o doctorado en materias relacionadas; o (ii) docencia universitaria en las referidas materias, por un período mínimo de 2 años o 4 semestres o 240 horas académicas.

    Sin perjuicio de lo señalado, el postulante deberá cumplir, como mínimo, los requisitos establecidos en la Ley General de Contrataciones Públicas, su Reglamento y las normas que los sustituyan o modifiquen.

  7. Preferentemente, contar con capacitación acreditada conforme al tipo de controversia:

    • Controversias derivadas de contratos de obra y consultoría de obra: Contar con capacitación no menor de 120 horas académicas en ejecución contractual de obras públicas, gestión de obras o materias similares, expedida por una universidad o en convenio con una universidad acreditada por SUNEDU, o por una Escuela de Posgrado acreditada por SUNEDU.
    • Controversias derivadas de contratos de bienes y servicios: Contar con capacitación no menor de 120 horas académicas sobre el Sistema Nacional de Abastecimiento o materias afines, expedida por una universidad o en convenio con una universidad acreditada por SUNEDU, o por una Escuela de Posgrado acreditada por SUNEDU.
  8. Tener prestigio profesional, moral y ético, debiendo presentar Declaración Jurada que al momento de su postulación no tiene procedimiento sancionador en trámite y tampoco sanción vigente del colegio profesional al que pertenece o de algún registro del Estado que implique la aplicación de alguna sanción en su condición profesional; tampoco tiene publicaciones en el internet o redes sociales en el que vinculen al postulante a actos de corrupción o escándalos.

  9. Declaración Jurada de no tener antecedentes penales, judiciales y antecedentes policiales, de contrastarse que la información proporcionada ha sido falsa o inexacta generará automáticamente la cancelación de su inscripción, debiendo de informarse al colegio profesional al que pertenece para que proceda conforme a sus reglamentos.

  10. Aprobar el examen de conocimientos escrito, con nota aprobatoria mínimo de 14. El examen será presencial y en las instalaciones de la institución arbitral.

  11. Aprobar la entrevista personal por uno de los integrantes del Consejo Superior de Arbitraje con visto bueno de la Alta Dirección.

  12. Estar en pleno ejercicio de sus derechos civiles.

Proceso de Postulación en Línea

Accede al sistema oficial de postulaciones para iniciar tu proceso de incorporación a la Nómina de Árbitros.

Procedimiento para incorporación a la Nómina de Árbitros

Según lo dispuesto en el reglamento interno del centro

Artículo 69. Procedimiento para incorporación a la Nómina de Árbitros

La incorporación de nuevos árbitros a la nómina institucional del CEAR LATINOAMERICANO se realizará mediante un procedimiento estructurado, transparente y meritocrático, conforme a las políticas internas y los estándares exigidos en materia de contratación pública y arbitraje.

El proceso se inicia con una convocatoria pública, difundida a través de medios oficiales, con el objetivo de garantizar el acceso equitativo y abierto a los profesionales interesados. Los postulantes deberán presentar su hoja de vida y documentación de respaldo para la respectiva evaluación curricular, la cual se efectuará tomando como referencia los requisitos establecidos por los reglamentos del Centro, así como los criterios contenidos en la Ley y Reglamento de la Ley General de Contrataciones Públicas en caso su postulación sea para la nómina de árbitros en materia de contratación pública.

Posteriormente, los candidatos deberán rendir un examen de conocimientos de manera presencial en las instalaciones de la institución arbitral, siendo la nota mínima aprobatoria de catorce (14) sobre veinte (20). Aquellos que superen esta etapa serán convocados a una entrevista personal, de carácter presencial, en la que se evaluará su trayectoria profesional, capacidad de argumentación jurídica, criterios técnicos para el ejercicio de la función arbitral y principios éticos vinculados a su futura actuación.

Concluidas todas las etapas, el Consejo Superior de Arbitraje emitirá una decisión motivada respecto a la incorporación o no del postulante a la nómina institucional de árbitros, debiendo tener el visto bueno de la Alta Dirección. En caso de aprobación, la incorporación tendrá una vigencia de un (1) año calendario, contado desde la fecha de la emisión de su diploma.

Centro de Arbitraje CEAR LATINOAMERICANO