Cómo entender las bases estándar bajo la nueva Ley de Contrataciones Públicas (sin morir en el intento)

Cómo entender las bases estándar bajo la nueva Ley de Contrataciones Públicas (sin morir en el intento)

27 de abril de 2025

» Cómo entender las bases estándar bajo la nueva Ley de Contrataciones Públicas (sin morir en el intento)

Introducción


El procedimiento de selección y las bases estándar

El procedimiento de selección en las contrataciones públicas bajo la Ley N° 32069 está diseñado para garantizar transparencia, eficiencia y la valorización del novedoso principio de “valor por dinero” en cada etapa: desde la convocatoria hasta la suscripción del contrato. Recientemente se ha publicado la Resolución Directoral N° 0015-2025-EF/54,01 donde el Ministerio de Economía y Finanzas, de la mano con el Organismo Especializado en Contrataciones Públicas Eficientes (OECE) han concatenado tanto las directrices y lineamientos de las nuevas bases estándar (por medio de la Directiva N° 0005-2025-EF/54.01), como los proyectos de bases estándar para todos los diferentes procedimientos de selección, siendo un total de 13 los proyectos expeditados.

Gracias a ello entendemos que ahora la estructura de las bases estándar se articulará en dos grandes secciones: la Sección General, que establece reglas uniformes para todos los procedimientos de selección, y la Sección Específica, donde cada entidad contratante puede incorporar las condiciones particulares que encuentre del bien, servicio u obra pasible de licitación.

De esta manera, las bases estándar son documentos que las entidades deben usar obligatoriamente para elaborar sus pliegos de licitación pública de obras, bienes o servicios. Estas bases incluyen una simbología que identifica textos a completar o eliminar, advertencias y notas para evaluadores, además de instrucciones de formato (márgenes, fuente tamaño 10, etc.) importantes para su cumplimiento de manera ordenada. La uniformidad de estas bases facilita la comparación de ofertas, reduciendo por ende errores de forma y asegura que los proveedores puedan comprender claramente los requisitos y criterios de la evaluación.

Por tanto, el uso de estas bases estándar permite a la entidad contratante apoyarse en un marco legal consolidado que incorpore las necesidades públicas que busca suplir a través del marco de la nueva Ley N° 32069 y su Reglamento (Decreto Supremo N° 009-2025-EF). Ahora, su validez dependerá de la correcta elaboración y publicación en la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (PLADICOP), garantizando que todos los actores tengan acceso oportuno a la información, y posibilitando la formulación de consultas y observaciones antes de la presentación de ofertas.


Los cambios de la nueva Ley N° 32069 en las bases estándar

Es importante notar las diferencias que, a partir de ahora, usted como contratista o parte de la entidad deberá conocer sobre las bases estándar en el marco de la Ley N° 32069. Por un lado, vemos que la Ley N° 30225 centraba la contratación en el menor precio y eficiencia, con un número limitado de principios (libertad de concurrencia, economía, eficiencia). La Ley N° 32069 incorpora cinco principios nuevos —legalidad, valor por dinero, presunción de veracidad, causalidad e innovación— de los cuales varios ya hemos hablado en anteriores artículos, pero para ofrecer un resumen claro, estos se encuentran orientados a maximizar el beneficio social y considerar aspectos de sostenibilidad y calidad a lo largo del ciclo de vida de la contratación, con el objetivo de alcanzar un buen cumplimiento de la necesidad pública intrínseca en cada procedimiento de selección.

También, bajo la Ley N° 30225, el OSCE supervisaba las contrataciones, con un Tribunal de Contrataciones del Estado que resolvía impugnaciones. La nueva ley reforma este, a través del Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes (OECE), que asume funciones de asistencia técnica, supervisión de procedimientos y emisión de directivas que permite el uso de bases estándar para las funciones que el área usuaria requiera. Asimismo, el Tribunal de Contrataciones del Estado pasa a denominarse Tribunal de Contrataciones Públicas, reforzando su independencia y facultades sancionadoras.

Quizá el lado más llamativo y obvio gira en torno a que la Ley N° 30225 contemplaba licitación pública, concurso y adjudicación simplificada, sin diferencia clara entre procedimientos competitivos y no competitivos. La Ley N° 32069 distingue expresamente modalidades competitivas (licitación, concurso, subasta inversa, comparación de precios) y no competitivas (varios supuestos de contratación directa, emergencias, consultorías de defensa legal del Estado). Además de esto, la mencionada nueva norma amplía los supuestos excluidos del ámbito de aplicación, como la contratación de licencias de contratos internacionales estandarizados y servicios de defensa en arbitrajes internacionales. Ello se suma a la interposición de apelaciones, pues anteriormente requería una carta fianza de hasta el 3% de la cuantía del procedimiento, y ahora la nueva ley reduce este requisito al 0.5%, facilitando el acceso a la impugnación de actos administrativos sin afectar la suficiencia de la garantía.

Si bien la Ley N° 30225 introdujo el SEACE, la Ley N° 32069 crea la Plataforma Digital para las Contrataciones Públicas (Pladicop), que integra SEACE, registro de proveedores (RNP) y catálogos electrónicos, y mejorando la interoperabilidad. Aparte de esto, se pueden reducir las exigencias documentarias gracias a la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE). La nueva Ley establece que los procesos iniciados antes de su vigencia se rigen por la normativa anterior y deroga expresamente la Ley N° 30225 y sus decretos modificatorios (DL N° 1341, DL N° 1444, DL N° 1018), salvo disposiciones transitorias necesarias para la implementación ordenada.


Consejos para entender correctamente las bases estándar

Luego de conocer todos estos puntos, vemos importante mencionar que la diferencia entre ganar o no un procedimiento de selección muchas veces está entre cómo un contratista conoce las bases estándar, cómo las interpreta, e incluso cómo puede solicitar las modificaciones debidas a ellas. Teniendo ese punto en consideración, aquella parte instruida en el campo es la que puede definir el cambio. Por esa razón nuestra área de Formación Continua tiene la misión de, a través de sus diplomados especializados, como el próximo a publicarse, el cual será el Diplomado de Especialización en Contrataciones Públicas bajo la nueva Ley N° 32069, son tan importantes hoy en día.

Entonces, extrayendo un poco del contenido de la malla que revestirán las clases que tenemos preparadas, hemos creado una serie de consejos que nos ayudarán a entender correctamente las bases estándar en el marco de la nueva Ley de Contrataciones Públicas, la Ley N° 32069:


  1. Revisar la simbología y las instrucciones de formato, con el fin de mapear las secciones general y específica. Separar mentalmente las disposiciones que no pueden modificarse (Sección General) de las que requieren llenado (Sección Específica) ayudará a tener una idea general de cómo se encuentra organizada la base estándar. Mientras mejor y más rápido identifiques los puntos clave, más fácil entenderás si puedes aplicar una oferta tentadora para la entidad.
  2. Aprovechar la Ficha Única del Proveedor (FUP) y tenerla bien actualizada, pues serán estos documentos los que participarán en los procedimientos de selección. Ahora, en el caso de las entidades, en diversos procedimientos, también servirá formar parte del PIDE, pues según el Decreto Legislativo N° 1246, que permite la simplificación administrativa, la entidad contratante que sea usuaria de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado (PIDE) no le corresponderá exigir determinados documentos (por ejemplo, vigencia de poder, DNI), ya que esta nueva plataforma facilita y agiliza en demasía la presentación, evitando así exigencias de forma.
  3. Analizar el cronograma y plazos: Uno de los puntos más importantes y primeros en tener que delimitarse, ya que el identificar fechas clave (consultas, presentación de ofertas, recurso de apelación) y programar alertas en base a ello nos dará un campo de acción delimitado y nos ayudará a organizarnos para evitar presentar todo a último momento. Recuerde que la Ley N° 32069 permite plazos mínimos disminuidos si hubo anuncio anticipado en Pladicop.
  4. Formular modificaciones con sustento normativo: Al elevar consultas u observaciones, cite artículos específicos de la Ley y Reglamento (por ejemplo, los numerales 66 y 93 del Reglamento) o la Directiva OECE para bases estándar. Un planteamiento bien fundado acelera la respuesta y reduce el riesgo de nulidad.
  5. Verificar la metodología de evaluación: Comprenda si la oferta económica es limitada (95 %–110 % de la cuantía) o fija al 100 %. Esto define su estrategia de precio y la posibilidad de negociación ante ofertas fuera de rango.
  6. Control de consorcios: Si participa en consorcio, valide que la promesa de consorcio contenga porcentajes enteros de obligaciones, representación y especialidades, pues no admite modificaciones tras su presentación.
  7. Apoyo en herramientas de visualización: Usar tablas, diagramas de flujo o matrices dentro de su equipo ayudará a entender la secuencia de etapas y responsabilidades; esto facilita la detección de omisiones y la preparación de modificaciones oportunas.


Conclusiones

A través del presente artículo hemos presentado el procedimiento de selección y la estructura de las bases estándar según la Ley N° 32069, y a través de su nueva Directiva N° 0005-2025-EF/54.01, destacando su formato, secciones y simbología obligatoria, indispensables para la transparencia y eficiencia en las contrataciones públicas. También notamos la importancia de contrastar los cambios introducidos por la nueva norma frente a la antigua Ley N° 30225, enfatizando la incorporación de principios como el “valor por dinero”, la creación del OECE, la diferenciación de modalidades y la reducción de garantías para recursos. Se ofrecieron además tips prácticos para que los contratistas comprendan ágilmente las bases estándar, y que entidades y demás partes utilicen la interoperabilidad PIDE, formulen consultas fundamentadas y aseguren la integridad de sus ofertas, aspectos que, en última instancia, elevan sus probabilidades de éxito.

Conocer a fondo estos procedimientos y lineamientos no solo es un requisito legal, sino una ventaja competitiva: un contratista que domina la lectura de las bases estándar y anticipa posibles observaciones puede optimizar su propuesta, reducir riesgos de impugnación y contribuir al objetivo de maximizar el valor de los recursos públicos. Estar debidamente preparados será clave para garantizar el éxito en la nueva etapa de contrataciones públicas que inaugura la Ley N° 32069.

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