Introducción
Han pasado 90 días calendario desde que se publicó en el Diario Oficial “El Peruano”, el Decreto Supremo N° 009-2025-EF, Reglamento de la nueva Ley N° 32069, culminando así el plazo estipulado para la entrada en vigencia de la norma que regirá las contrataciones públicas en el Perú de ahora en adelante, la Ley General de Contrataciones Públicas, Ley N° 32069.
La nueva ley promete cambiar la manera en la que se administraba las contrataciones públicas, agrupando las nuevas modalidades que han ido surgiendo en el país y el mundo, como los contratos estandarizados, la regulación de los contratos menores. También, se pretende mejorar optimización de los procesos que usualmente causaban un escollo burocrático y, por ende, impedían los objetivos de eficiencia que se tenían previstos, a través de la implementación de funciones tecnológicas como PLADICOP, acompañado de los principios de innovación y modalidades de contratos como la Compra Pública de Innovación.
Entonces, llegamos a la fecha establecida, 22 de abril, y cabe preguntarse, ¿qué cambia a partir de hoy?
Los cambios que ya vemos
En primer lugar, el cambio más importante viene implícito en la misma entrada en vigencia de la nueva ley. A partir de ahora, cada inicio de proceso de selección, desde el momento en el que se publican las bases del proceso de contratación pública, tendrá que regirse bajo la nueva Ley N° 32069 y su Reglamento. Es decir, bajo las reglas de los nuevos principios, bajo los nuevos impedimentos para contratar, bajo el nuevo orden de las modalidades de contratos, bajo los nuevos criterios de contratación, bajo los nuevos porcentajes para la garantía, entre otros. En síntesis, a partir de ahora todo contrato público pondrá a prueba toda la formación que se estuvo realizando en las capacitaciones este último año sobre la nueva ley a las partes involucradas.
En segundo lugar, un cambio que se notará de manera inmediata a partir de hoy es el del cambio de denominación y estructura del organismo técnico dedicado a supervisar las contrataciones del Estado, el OSCE, que a partir de hoy se llamará OECE (Organismo Especializado para las Contrataciones Públicas Eficientes). Desde hace varias semanas, el mencionado organismo técnico se ha estado preparando para el día de hoy, publicando una serie de directivas y lineamientos importantes que regirán tanto sus funciones administrativas como las de los proveedores que tendrá que regular.
Entre los ejemplos más claros tenemos la Directiva N° 002-2025-OECE/CD, que versa de manera específica sobre la “Junta de Prevención y Resolución de Disputas”, y la Directiva N° 004-2025-OECE/CD que regula las reglas que tendrá el nuevo “Registro de Instituciones Arbitrales y Centros de Administración de Juntas de Prevención y Resolución de Disputas (REGAJU)”, entre otros.
Aun así, está pendiente la implementación de algunos cambios establecidos por la Ley N° 32069, tales como la implementación de PLADICOP. Recientemente, el OECE publicó su primer Comunicado, el Comunicado N° 001-2025-OECE donde nos informa que ante la falta de este cambio que se establecerá en el nuevo Texto Único de Procedimientos Administrativos (TUPA) del OECE, los trámites de la RNP y demás, se realizarán por la mesa de partes virtual del OECE. Por el lado de la regulación de los contratos menores, el OECE ha implementado una plataforma momentánea en el SEACE para gestionar en “marcha blanca” las contrataciones menores o iguales a 8 UIT.
Lo que podemos esperar
Como se mencionó, la entrada en vigor de esta nueva Ley N° 32069 representa un importante hito en la evolución del régimen jurídico de las contrataciones públicas en el país. A partir de hoy estaremos viendo sus efectos, y adaptándonos a los cambios y promesas que nos ofrecieron bajo la publicación de la nueva norma. La modernización y centralización de los procesos de contratación, la agrupación de nuevos tipos de contratos, la regulación y profesionalización de las funciones de los centros de arbitraje que rijan asuntos de contrataciones públicas, entre otros.
De esa manera, será el tiempo nos mostrará si realmente este será un paso adelante para tener un régimen eficiente y transparente dentro de la contratación pública, y nos ayude a cerrar la brecha de infraestructura que tenemos, y evitar la corrupción en la compra pública, o, por el contrario, se continuarán con los mismos errores de siempre, evitándose que se pueda mejorar un campo que cada año solicita más presupuesto público para sus funciones.
¿DONDE LEER LA NUEVA LEY Nº 32069?
Puede leer la Nueva Ley General de Contrataciones Públicas desde la sección de normas legales en nuestra web a través del siguiente enlace








